Última actualización: 1 de marzo de 2023.
BONANZA REAL ESTATE
“CARTA DE DERECHOS DEL CONSUMIDOR O CLIENTE”
De conformidad con los términos establecidos en el inciso 4.8 de la Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021, “Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados”; es nuestra obligación como proveedor, entregarle a los consumidores o clientes, la presente carta de derechos respecto a la protección que le otorga la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), y su Reglamento, al adquirir un inmueble en el territorio mexicano.
CARTA DE DERECHOS:
En todas las transacciones comerciales de compraventa de casa habitación, el proveedor se compromete a que éstas se lleven a cabo conforme lo dispuesto en la LFPC, su Reglamento y la Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021; por lo cual, reconocemos que los consumidores cuentan con los derechos siguientes:
1. Recibir, respecto de los bienes inmuebles ofertados, información y publicidad veraz, clara y
actualizada, sin importar el medio por el que se comunique, incluyendo los medios digitales, de forma
tal que le permita al consumidor tomar la mejor decisión de compra conociendo de manera veraz las
características del inmueble que está adquiriendo, conforme a lo dispuesto por la Ley.
2. Conocer la información sobre las características del inmueble, entre éstas: la extensión del terreno,
superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar de estacionamiento, áreas de uso común, servicios con que cuenta y estado general físico del inmueble.
3. Elegir libremente el inmueble que mejor satisfaga sus necesidades y se ajuste a su capacidad de
compra.
4. No realizar pago alguno hasta que conste por escrito la relación contractual, exceptuando los referentes a anticipos y gastos operativos, en los términos previstos por la LFPC.
5. Firmar un contrato de adhesión bajo el modelo inscrito en la Procuraduría Federal del Consumidor, en
el que consten los términos y condiciones de la compraventa del bien inmueble. Posterior a su firma,
el proveedor tiene la obligación de entregar una copia del contrato firmado al consumidor.
6. Adquirir un inmueble que cuente con las características de seguridad y calidad que estén contenidas
en la normatividad aplicable y plasmadas en la información y publicidad que haya recibido.
7. Recibir el bien inmueble en el plazo y condiciones acordados con el proveedor en el contrato de
adhesión respectivo.
8. En su caso, ejercer las garantías sobre bienes inmuebles previstas en la LFPC, considerando las
especificaciones previstas en el contrato de adhesión respectivo.
9. Recibir la bonificación o compensación correspondiente en términos de la LFPC, en caso de que, una
vez ejercida la garantía, persistan defectos o fallas en el inmueble. Asimismo, a que se realicen las
reparaciones necesarias en caso de defectos o fallas imputables al proveedor, u optar por la substitución del inmueble o rescisión del contrato cuando proceda.
10. Contar con canales y mecanismos de atención gratuitos y accesibles para consultas, solicitudes,
reclamaciones y sugerencias al proveedor, y conocer el domicilio señalado por el proveedor para oír y
recibir notificaciones.
11. Derecho a la protección por parte de las autoridades competentes y conforme a las leyes aplicables,
incluyendo el derecho a presentar denuncias y reclamaciones ante las mismas.
12. Tener a su disposición un Aviso de Privacidad para conocer el tratamiento que se dará a los datos
personales que proporcione y consentirlo, en su caso; que sus datos personales sean tratados conforme a la normatividad aplicable y, conocer los mecanismos disponibles para realizar el ejercicio de sus Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
13. Recibir un trato libre de discriminación, sin que se le pueda negar o condicionar la atención o venta de una vivienda por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera
otra particularidad en los términos de la legislación aplicable.
14. Elegir libremente al notario público para realizar el trámite de escrituración.
Contáctenos
Si tiene alguna pregunta sobre esta carta de derechos, comuníquese con nosotros por correo electrónico: areli.aguirre@kwmexico.mx